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Ley 4/2003, de 26 de febrero, de la Generalitat, de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos.

miércoles, 27 de diciembre de 2006

Disposiciones Derogatorias

DISPOSICIONES DEROGATORIAS

Primera. Disposiciones reglamentarias
Se declaran vigentes en lo que no se opongan a la presente ley,

- Decreto 5/2002, de 8 de enero, del Gobierno Valenciano, por el que se regula el procedimiento para la concesión por los ayuntamientos de las licencias para la celebración de espectáculos o actividades recreativas en instalaciones eventuales, portátiles o desmontables.

- Orden de 4 de febrero de 2002, de la Conselleria de Justicia y Administraciones Públicas, por la que se concede un plazo de adaptación en relación con el procedimiento fijado en el Decreto 5/2002, de 8 de enero, del Gobierno Valenciano, por el que se regula el procedimiento para la concesión por los ayuntamientos de las licencias para la celebración de espectáculos o actividades recreativas en instalaciones eventuales, portátiles o desmontables.

- Decreto 190/2001, de 11 de diciembre, del Gobierno Valenciano, por el que se regula el derecho de admisión a los establecimientos públicos donde se celebran espectáculos y actividades recreativas.

- Decreto 118/2001,de 26 de junio, del Gobierno Valenciano, sobre estructura, funcionamiento y composición de la Comisión de Espectáculos y Actividades Recreativas

- Decreto 155/1999, de 17 de septiembre, del Gobierno Valenciano, por el que se define en la Comunidad Valenciana, determinadas modalidades de festejos taurinos tradicionales.

- Decreto 148/1998, de 22 de septiembre, por el que se regulan las condiciones de autorización, celebración, desarrollo y régimen sancionador de los festejos taurinos tradicionales.

- Decreto 195/1997, de 1 de julio, por el que se aprueba el catálogo de Espectáculos, establecimientos públicos y actividades recreativas y se regula el Registro de Empresas, Locales y titulares.

- Decreto 196/1997, de 1 de julio, por el que se regulan las especialidades en materia de horarios.

- Decreto 108/1996, de 5 de junio del Gobierno Valenciano, por el que se regulan los requisitos que deberán cumplimentar los pubs, salas de fiestas, con o sin cocina, discotecas, salas de baile con o sin cocina, cafés-concierto, cafés-cantante, cafés-teatro y establecimientos análogos, para organizar sesiones especiales dirigidas a menores de edad.

Segunda. Derogación de normas
Queda derogada la Ley 2/1991, de 18 de febrero, de la Generalitat Valenciana, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas, así como todas las normas de igual o inferior rango que se opongan a lo dispuesto en la presente ley.

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